
Trámites
Aquí podrá encontrar una guía de la cadena de trámites de urbanismo y construcción, que ha realizado el Proyecto “trámite fácil, Construcción positiva” para brindarle una ayuda acerca de los trámites que puede realizar para un proceso de urbanismo y/o construcción.
clases de licencias

URBANIZACIÓN
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1. Licencia de urbanización
1. Licencia de urbanización
Es la autorización previa para ejecutar en uno o varios predios localizados en suelo urbano, la creación de espacios públicos y privados, así como las vías públicas y la ejecución de obras de infraestructura de servicios públicos domiciliarios que permitan la adecuación, dotación y subdivisión de estos terrenos para la futura construcción de edificaciones con destino a usos urbanos.
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1. Licencia de urbanización

parcelación
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2. Licencia de parcelación
2. Licencia de parcelación
Es la autorización previa para ejecutar en uno o varios predios localizados en suelo rural y suburbano, la creación de espacios públicos y privados, y la ejecución de obras para vías públicas que permitan destinar los predios resultantes a los usos permitidos por el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen y la normatividad ambiental aplicable a esta clase de suelo.
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2. Licencia de parcelación

Subdivisión y Modalidades
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3. Licencia de subdivisión y sus modalidades
3. Licencia de subdivisión y sus modalidades
Es la autorización previa para dividir uno o varios predios, ubicados en suelo rural, urbano o de expansión urbana, de conformidad con lo dispuesto en el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen y demás normatividad vigente aplicable a las anteriores clases de suelo.
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3. Licencia de subdivisión y sus modalidades

construcción y modalidades
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4. Licencia de construcción y sus modalidades
4. Licencia de construcción y sus modalidades
Es la autorización previa para desarrollar edificaciones, áreas de circulación y zonas comunales en uno o varios predios.
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a) Obra nueva.
a) Obra nueva.
Es la autorización para adelantar obras de edificación en terrenos no construidos o cuya área esté libre por autorización de demolición total.
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b) Ampliación.
b) Ampliación.
Es la autorización para incrementar el área construida de una edificación existente, entendiéndose por área construida la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.
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c) Adecuación.
c) Adecuación.
Es la autorización para cambiar el uso de una edificación o parte de ella, garantizando a permanencia total o parcial del inmueble original.
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d) Modificación.
d) Modificación.
Es la autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida.
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e) Restauración.
e) Restauración.
Es la autorización para adelantar las obras tendientes a recuperar y adaptar un inmueble o parte de este, con el fin de conservar y revelar sus valores estéticos, históricos y simbólicos.
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f) Reforzamiento Estructural.
f) Reforzamiento Estructural.
Es la autorización para intervenir o reforzar la estructura de uno o varios inmuebles, con el objeto de acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad sismo resistente de acuerdo con los requisitos de la Ley 400 de 1997, sus decretos reglamentarios, o las normas que los adicionen, modifiquen o sustituyan y el Reglamento colombiano de construcción Sismo Resistente y la norma que lo adicione, modifique o sustituya.
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g) Demolición.
g) Demolición.
Es la autorización para derribar total o parcialmente una o varias edificaciones existentes en uno o varios predios y deberá concederse de manera simultánea con cualquiera otra modalidad de licencia de construcción.
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4. Licencia de construcción y sus modalidades

ocupación del espacio público
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5. Licencia de intervención y ocupación del espacio público
5. Licencia de intervención y ocupación del espacio público
Es la autorización previa para ocupar o para intervenir bienes de uso público incluidos en el espacio público.
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5. Licencia de intervención y ocupación del espacio público
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Toda solicitud de Licencia urbanística deberá acompañarse de los siguientes documentos:
1.Copia del certificado de libertad y tradición del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud,
cuya fecha de expedición no sea superior a un mes antes de la fecha de la solicitud. Cuando el predio no se haya desenglobado se podrá aportar el certificado del predio de mayor extensión.
2. El formulario único nacional para la solicitud de
licencias adoptado mediante la Resolución 0984 de 2005 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o la norma que la adicione, modifique o sustituya, debidamente diligenciado por el solicitante..
3.Copia del documento de identidad del solicitante
cuando se trate de personas naturales o certificado de existencia y representación legal, cuya fecha de expedición no sea superior a un mes, cuando se trate de personas jurídicas.
4.Poder o autorización debidamente otorgado,
cuando se actúe mediante apoderado o mandatario, con presentación personal de quien lo otorgue..
5.Copia del documento o declaración privada del impuesto predial del último año en relación,
con el inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio. Este requisito no se exigirá cuando exista otro documento oficial con base en el cual se pueda establecer la dirección del predio objeto de solicitud.
6.La relación de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud.
Se entiende por predios colindantes aquellos que tienen un lindero en común con el inmueble o inmuebles objeto de solicitud de licencia. Este requisito no se exigirá cuando se trate de predios rodeados completamente por espacios públicos o ubicados en zonas rurales no suburbanas.
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A las solicitudes de licencia de intervención y ocupación del espacio público solo se les exigirá el aporte de los documentos:
1.Copia del documento de identidad del solicitante cuando se trate
de personas naturales o certificado de existencia y representación legal, cuya fecha de expedición no sea superior a un mes, cuando se trate de personas jurídicas.
2.Poder o autorización debidamente otorgado,
cuando se actúe mediante apoderado o mandatario, con presentación personal de quien lo otorgue.
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Reparaciones locativas:
1.Se entiende por reparaciones o mejoras locativas aquellas obras que tienen como finalidad mantener el inmueble en las debidas condiciones de higiene y ornato sin afectar su estructura portante,
su distribución interior, sus características funcionales, formales y/o volumétricas. No requerirán licencia de construcción las reparaciones o mejoras locativas Están incluidas dentro de las reparaciones locativas, entre otras, las siguientes obras: el mantenimiento, la sustitución, restitución o mejoramiento de los materiales de pisos, cielorrasos, enchapes, pintura en general, y la sustitución, mejoramiento o ampliación de redes de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas, telefónicas o de gas .
Documentos adicionales para la licencia de parcelación;
1.Plano topográfico del predio, predios o parte del predio objeto de a solicitud,
firmado por el profesional responsable, en el cual se indique el área, los linderos y todas las reservas, secciones viales, afectaciones y limitaciones urbanísticas debidamente amojonadas y con indicación de coordenadas, el cual servirá de base para la presentación del proyecto y será elaborado de conformidad con lo definido en el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen y demás información pública disponible. En este plano también se identificarán claramente todos los elementos de importancia ecosistémica, tales como humedales y rondas de cuerpos de agua.
2.Plano impreso del proyecto de parcelación, debidamente firmado por un arquitecto con matrícula profesional y el solicitante de la licencia,
que contenga los predios resultantes de la parcelación propuesta si a ello hubiere lugar, debidamente amojonados y alinderados, según lo establecido en las normas vigentes y su respectivo cuadro de áreas, perfil vial y demás exigencias que establezcan las normas urbanísticas municipales o distritales, así como la legislación ambiental.
3.Copia de las autorizaciones que sustenten la forma en que se prestarán los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico,
o las autorizaciones y permisos ambientales para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables en caso de autoabastecimiento y el pronunciamiento de la Superintendencia de Servicios Públicos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 79.17 de la Ley 142 de 1994.
4.Cuando el predio esté ubicado en zonas de amenaza y/o riesgo alto y medio de origen geotécnico o hidrológico,
se deberán adjuntar a las solicitudes de licencias de nuevas parcelaciones los estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa e inundaciones, que permitan determinar la viabilidad del futuro desarrollo, siempre y cuando se garantice la mitigación de la amenaza y/o riesgo. En estos estudios deberá incluirse el diseño de las medidas de mitigación y serán elaborados y firmados por profesionales idóneos en las materias, quienes conjuntamente con el parcelador responsable de la ejecución de la obra serán responsables de los mismos, sin perjuicio de la responsabilidad por la correcta ejecución de las obras de mitigación.
Documentos adicionales para la expedición de licencias de subdivisión:
1.Para las modalidades de subdivisión rural y urbana, un plano del levantamiento topográfico que refleje el estado de los predios antes y después de la subdivisión propuesta,
debidamente amojonado y alinderado según lo establecido en las normas vigentes y con su respectivo cuadro de áreas.
2.Para la modalidad de reloteo, se deberá anexar el plano con base en el cual se urbanizaron los predios objeto de solicitud
y un plano que señale los predios resultantes de la división propuesta, debidamente amojonado y alinderado según lo establecido en las normas vigentes, con su respectivo cuadro de áreas.
Documentos adicionales para la licencia de construcción.
1.Para las solicitudes de licencia clasificadas bajo las categorías: III Medía Alta Complejidad
y IV Alta Complejidad de que trata el Decreto 1077 de 2015, copia de la memoria de los cálculos y planos estructurales, de las memorias de diseño de los elementos no estructurales y de estudios geotécnicos y de suelos que sirvan para determinar el cumplimiento en estos aspectos del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo resistente -NSR- 10, y la norma que lo adicione, modifique o sustituya, firmados y rotulados por los profesionales facultados para este fin, quienes se harán responsables legalmente de los diseños y estudios, así como de la información contenida en ellos. .
2.Para las solicitudes de licencia clasificadas bajo las categorías
Las categorías I Baja Complejidad y II Media Complejidad de que trata el Decreto 1077 de 2015, únicamente se acompañará copia de los planos estructurales del proyecto firmados y rotulados por el profesional que los elaboró.
3.Una copia en medio impreso del proyecto arquitectónico,
elaborado de conformidad con las normas urbanísticas y de edificabilidad vigentes al momento de la solicitud debidamente rotulado y firmado por un arquitecto con matrícula profesional, quien se hará responsable legalmente de los diseños y de la información contenida en ellos. Los planos arquitectónicos deben contener como mínimo la siguiente información: 2.1 Localización. 2.2 Plantas. 2.3 Alzados o cortes de la edificación relacionados con la vía pública o privada a escala formal.
4.Cuando el proyecto esté localizado en suelo inclinado,
los cortes deberán indicar la inclinación real del terreno. 2.4 Fachadas. 2.5 Planta de cubiertas. 2.6 Cuadro de áreas.
5.Cuando se trate de licencias para la ampliación, adecuación, modificación, reforzamiento estructural o demolición de inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal,
copia del acta del órgano competente de administración de la propiedad horizontal o del documento que haga sus veces, según lo disponga el respectivo reglamento de propiedad horizontal vigente, autorizando la ejecución de las obras solicitadas. Estas licencias deberán acoger lo establecido en los respectivos reglamentos.
Documentos adicionales para la solicitud de licencias de intervención y ocupación del espacio público:
1.Descripción del proyecto, indicando las características generales,
los elementos urbanos a intervenir en el espacio público, la escala y cobertura.
2.Una copia en medio impreso de los planos de diseño del proyecto
debidamente acotados y rotulados indicando la identificación del solicitante, la escala, el contenido del plano y la orientación norte. Los planos deben estar firmados por el profesional responsable del diseño y deben contener la siguiente información: 2.1 Localización del proyecto en el espacio público a intervenir en escala 1:250 o 1:200 que guarde concordancia con los cuadros de áreas y mojones del plano urbanístico cuando este exista. 2.2 Para equipamientos comunales se deben presentar, plantas, cortes y fachadas del proyecto arquitectónico a escala 1:200 001:100. 2.3 Cuadro de áreas que determine índices de ocupación, porcentajes de zonas duras, zonas verdes, áreas libres y construidas según sea el caso y cuadro de arborización en el evento de existir. 2.4 Registro fotográfico de la zona a intervenir. 2.5 Especificaciones de diseño y construcción del espacio público.
A las solicitudes de re-validación solamente se les exigirán los siguientes documentos:
1.Copia del documento de identidad del solicitante cuando se trate
de personas naturales o certificado de existencia y representación legal, cuya fecha de expedición no sea superior a un mes, cuando se trate de personas jurídicas.
2.Poder o autorización debidamente otorgado, cuando se actúe,
mediante apoderado o mandatario, con presentación personal de quien lo otorgue.
3. Copia del certificado de libertad y tradición del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud,
cuya fecha de expedición no sea superior a un mes antes de la fecha de la solicitud. Cuando el predio no se haya desenglobado se podrá aportar el certificado del predio de mayor extensión.
Documentos adicionales para la licencia de urbanización:
1.Plano topográfico del predio, predios o parte del predio objeto de la solicitud,
firmado por el o los profesionales responsables, en el cual se indique el área, los linderos y todas las reservas, secciones viales, afectaciones y limitaciones urbanísticas debidamente amojonadas y con indicación de coordenadas, el cual servirá de base para la presentación del proyecto y será elaborado de conformidad con lo definido en el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen y demás información pública disponible.
2.Plano de proyecto urbanístico, debidamente firmado
por un arquitecto con matrícula profesional quien es el responsable del diseño.
3.Certificación expedida por las empresas de servicios públicos domiciliarios o la autoridad o autoridades municipales o distritales competentes,
acerca de la disponibilidad inmediata de servicios públicos en el predio o predios objeto de la licencia, dentro del término de vigencia de la licencia.
4.Cuando el predio esté ubicado en zonas de amenaza y/o riesgo alto y medio de origen geotécnico o hidrológico, se deberán adjuntar a las solicitudes de licencias de nuevas urbanizaciones los estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa e inundaciones, que permitan determinar la viabilidad del futuro desarrollo,
siempre y cuando se garantice la mitigación de la amenaza y/o riesgo. En estos estudios deberá incluirse el diseño de las medidas de mitigación y serán elaborados y firmados por profesionales idóneos en las materias, quienes conjuntamente con el urbanizador serán responsables de los mismos, sin perjuicio de la responsabilidad por la correcta ejecución de las obras de mitigación.