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REGISTRO DE INMUEBLES

DEFINICIÓN

El estatuto de registro de instrumentos públicos, el registro de la propiedad inmueble es un servicio público en cabeza del Estado y por medio del estatuto de registro de instrumentos públicos (Ley 1579 de 2012), se determinan sus objetivos, principios, los actos, títulos y documentos que están sujetos a registro, la circunscripción territorial, la unificación y tecnificación que debe llevarse a cabo sobre la historia jurídica de los inmuebles en una base de datos centralizada, define cuáles son los elementos constitutivos del registro inmobiliario, los documentos antecedentes que hacen parte del archivo, el modo de hacer el registro de títulos, documentos, medidas judiciales o administrativas. 

TIEMPO

No especificado

REQUISITOS 
  • Recibo de pago del impuesto de registro: 1 original(es).
  • Escritura pública, acto, contrato, negocio jurídico, providencia judicial o demás actos sujetos de registro. : 1 copia(s).
NORMATIVIDAD  
DEPENDENCIAS INVOLUCRADAS 
  • Oficina de Registro, Superintendencia de Notariado y Registro. 
TRÁMITES PRECEDENTES  
  • Escrituración de compraventa del inmueble.
FORMULARIOS DE SOLICITUD Y FORMATOS DE REVISIÓN

No especificado. 

Entidades aliadas